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“Lo aprobaron sin leer”: el concejal Morón denuncia que el bloque SER ignoró su alerta de usurpación

El Juzgado de Primera Instancia N° Uno de Pico Truncado dictó sentencia contra la Municipalidad de Pico Truncado, a la que condenó por intrusa y usurpadora del inmueble donde funciona el Barrio Industrial, propiedad de la empresa Ingeniería de Obras Santa Cruz Norte S.R.L. El concejal Carlos Morón (Movimiento Popular Truncadense) denunció que ya había advertido esta situación hace un año y que los concejales del bloque SER aprobaron todo “sin leer”.

El fallo judicial, emitido el 10 de abril de 2026 por el juez Marcelo Sebastián Nieva Figueroa, es contundente: “HACER LUGAR A LA PRETENSION INCOADA EN LA DEMANDA” y condenar a la Municipalidad de Pico Truncado y a todos los ocupantes e intrusos a desalojar el inmueble en el plazo de DIEZ días, bajo apercibimiento de lanzamiento.

La sentencia establece que la empresa actora es titular del terreno según Escritura Pública N° 365 del 22 de agosto de 2008, y que el Municipio ocupó ilegítimamente el predio aproximadamente en mayo de 2024, “aprovechando que el mismo se encontraba desocupado” y “rompiendo el candado” de los portones de ingreso.

La advertencia ignorada del concejal Morón

El concejal Carlos Morón, del bloque Movimiento Popular Truncadense, reveló que ya había advertido en plena sesión legislativa, hace un año, que el intendente podría estar cometiendo un delito por la usurpación del terreno.

“Enviaron el expediente al Concejo Deliberante y, como de costumbre, los concejales del bloque SER lo aprobaron sin leer”, denunció Morón con dureza. “Hoy tenemos una sentencia: son usurpadores e intrusos, y la Justicia dictaminó que tienen que desalojar ese predio”.

El edil fue más allá y lanzó una seria advertencia sobre las consecuencias económicas: “Los truncadenses corremos riesgos de pagar una multimillonaria demanda”. En ese sentido, exigió que se hagan cargo los responsables: “El Intendente, los concejales y los asesores legales”.

Morón cuestionó frontalmente en su momento a sus pares del bloque SER: “¿Pueden dar fe que no se usurpó ese terreno que tiene en propiedad? ¿Leyeron bien los folios y la titularización que tiene Ingeniería de Obras? ¿Están de acuerdo en que se pueda sacar la propiedad de alguien de esta manera?”.

El concejal también reveló en dicha sesión, que el expediente iba a ir a subasta, pero que no se cumplió con la Ley de Información porque “no se enviaron a los medios”. Además, lanzó una grave acusación contra el intendente: sostuvo que ya habría existido un acuerdo previo respecto a esta usurpación.

Una sentencia que no deja dudas

El fallo judicial, publicado por Morón, es claro respecto a la conducta del Municipio de Pico Truncado. El juez consideró que “la acción de desalojo procede contra quien tiene la obligación de restituir un inmueble en razón de que quien lo detenta resulta intruso”, y remarcó que en estos obrados “se ha acreditado que el demandado reviste la condición de intruso, atento el abandono constatado e inexistencia de relación jurídica que lo una con el aquí actor”.

El propio Municipio, al ser notificado, intentó dilatar el proceso pidiendo una ampliación del plazo, y luego ofreció la entrega del inmueble en litigio, una maniobra que el tribunal consideró insuficiente para detener el curso de la acción.

Consecuencias políticas

La sentencia judicial expone al intendente y a su bloque de concejales a un grave escándalo institucional. La usurpación de un predio privado por parte del Estado municipal, validada por un Concejo Deliberante que aprobó sin leer los expedientes, deja a la comuna expuesta a una demanda millonaria.

“Obviamente que la gente necesita obras con infraestructura”, reconoció Morón, pero advirtió: “No se puede construir sobre la base de usurpar la propiedad de otro. Eso es un delito y ahora la Justicia lo confirmó”.

El concejal del Movimiento Popular Truncadense adelantó que solicitarán que se investiguen las responsabilidades políticas y legales de quienes tomaron decisiones en este caso, advirtiendo que “todo está bien, fueron, rompieron el candado, se metieron en propiedad ajena” no puede quedar impune.

Sentencia de Desalojo: Expediente 22833/2025

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